viernes, 10 de enero de 2014

Reglamento general de la Biblioteca pública municipal Camilo Torres de Villa de Leyva

BIBLIOTECA PUBLICA MUNICIPAL CAMILO TORRES  VILLA DE LEYVA


                        R E G L A M E N T O   G E N E R A L    

                             (Para el año 2014)




La Biblioteca Pública Municipal Camilo Torres de Villa de Leyva, cuenta con nuevos espacios para ser el centro de aprendizaje, información, creatividad y recreación unidos bajo una administración común, con un nuevo estilo de servicios a la comunidad. Estos espacios son: “Biblioteca Pública Municipal Camilo Torres” Sala general Bibliográfica (150 m2); corredor o sala de Lectura (100 m2), sala de audiovisuales (20 m2) Ludoteca o sala infantil  (120 m2); Hemeroteca (15 m2);  viejoteca (15 m2), y CREM  (centro de recursos educativos del Municipio) (20 m2). Ubicadas en el segundo piso del Claustro San Francisco. Dando a la comunidad Villa Leyvana, la oportunidad de enriquecimiento intelectual, cultural y recreativo como parte de utilización del tiempo libre, La comunidad debe velar para que estos servicios se les brinden adecuadamente y a la vez debe cuidar estos bienes públicos que son para su beneficio y mejoramiento de la calidad de vida.

Esta gestión se logró con el apoyo de: Alcaldía Municipal; Secretaria de Desarrollo Social y Comunitario;  Ministerio de Cultura;  Ministerio de Educación.


Disposiciones Generales.

1.    Los beneficiarios de la biblioteca son la comunidad en general y se tiene como base de acceso a todas las personas sin distingo de edad, raza, sexo, religión, nacionalidad, idioma o posición social.
2.    El horario de trabajo de la biblioteca será de las 8:00 a.m. a las 12:30 m y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m. de martes a viernes y el día sábado de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. distribuidos entre horario de atención al público 90 % y horario para gestiones Administrativas 10%, Se informará oportunamente las fechas en las cuales habrá variaciones en el horario o suspensión del mismo y los horarios permanecerán visibles al público en la cartelera externa de la biblioteca.
3.    Cualquier aspecto no contemplado en este reglamento así como cualquier comentario, queja o sugerencia de mejora, podrá comunicarse verbal o por escrito al coordinador de la biblioteca para su atención y manejo o al correo electrónico   Bibliotecapublicavilladeleyva@hotmail.com


Servicios que ofrece la biblioteca

1.    Formación de beneficiarios: se da la bienvenida, se instruirá sobre el manejo y funcionamiento de la biblioteca, con horarios, reglamento,  plan de acción, haciendo énfasis en la explicación de la ubicación y distribución del material bibliográfico, en la estantería, mediante la clasificación decimal Melvil Dewey, utilizada en las bibliotecas públicas a nivel Nacional,
2.    Préstamo interno. El material bibliográfico se prestará a los beneficiarios exclusivamente dentro de las instalaciones de la biblioteca.
3.    Préstamo externo. El material bibliográfico se prestará a los beneficiarios afiliados  a título personal, para utilizar el material fuera de la biblioteca.
4.    Orientación de tareas y asesoría a los estudiantes que  necesitan recuperación y refuerzo en las diferentes áreas del conocimiento y demás beneficiarios.
5.    Documentación. Servicio especializado en medios audiovisuales como impresos y electrónicos, que consisten en la búsqueda, localización y recuperación de información requerida por el beneficiario en el catalogo para el usuario.
6.    Hemeroteca. Servicio de información por medio de publicaciones  periódicas como revistas y diarios.
7.    Servicio de Sala infantil y ludoteca,  se atenderá de manera especial a la primera infancia y a la niñez en sala especial con diversos talleres y actividades lúdicas, de acuerdo al cronograma establecido con los coordinadores y docentes de las instituciones educativas del municipio.
8.    Mapoteca. La biblioteca cuenta con una amplia variedad de mapas y carteleras para las diferentes celebraciones mensuales, que se prestan a los beneficiarios, tanto para consulta interna, como préstamo externo.
9.    Videoteca: en este espacio se presentan videos educativos en la jornada de la mañana y videos recreativos en la jornada de la tarde  entrada libre y gratuita, como todos los servicios de la Biblioteca.
10.  Servicios audiovisuales. préstamos externos del material de la fonoteca y de la cinemateca, y en préstamo interno con los equipos audiovisuales  en las instalaciones de la biblioteca.



Derechos de los beneficiarios.

1.    Atención oportuna y satisfactoria  en la presentación de los servicios de la biblioteca.
2.    Disfrutar de un ambiente propicio para la lectura y la investigación.
3.    Recibir un trato digno, con respeto y consideración por parte del personal de la biblioteca.
4.    Hacer sugerencias para el mejor funcionamiento de la biblioteca.
5.    Información oportuna sobre el uso de servicios y recursos.

Deberes de los beneficiarios.

1.    Cumplir con las disposiciones normativas de la biblioteca.
2.    Toda persona que ingrese a la biblioteca debe presentar un documento de identificación personal con fotografía, vigente y máximo un cuaderno, no debe traer bolsos, carteras, mochilas, maletas, paquetes.
3.    Los beneficiarios deben hacer uso correcto del material, mobiliario y demás enseres de la biblioteca, Cualquier anomalía o deterioro que se detecte deberá notificarlo de inmediato al personal de la biblioteca para evitar implicaciones o sanciones administrativas.
4.    En las salas de consulta está prohibido el estudio en grupo.
5.    Dejar sobre las mesas o en los lugares  destinados para ello los materiales consultados.
6.    Dar aviso inmediato en la recepción la pérdida de la ficha de control.
7.    Responsabilizarse del material bibliográfico que le han proporcionado para consulta bajo cualquier forma de préstamo y respetar las fechas que se establezcan para su devolución.
8.    Sujetarse a los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan.
9.    Al salir de la biblioteca permitir la revisión total si el funcionario de control lo considera
10.  Se podrán consultar todos los ejemplares de la estantería abierta

Para información más completa, por favor ver plan de acción.




Restricciones

1.    Está prohibido: comer, fumar, ingerir bebidas alcohólicas, dormir, conversar y estudiar en voz alta. Se debe guardar respeto y consideración con los demás beneficiarios y personal de la biblioteca,  se debe hablar en voz baja.
2.    Queda prohibido el uso de teléfonos celulares dentro de la biblioteca.
3.    Queda restringido el uso de aparatos audiovisuales, los cuales únicamente se podrán autorizar siempre y cuando sean estrictamente  indispensables para el estudio y/o investigación y que no provoquen distracción o interrupción al resto de beneficiarios de la biblioteca. Volumen personal con audífonos personales.
4.    No se permite el ingreso de cualquier tipo de mascotas a la biblioteca.
5.    No se deben traer maletas, morrales o bolsos a la biblioteca, ni objetos de valor.


Colecciones

1.    Colección general. Compuesta por material de carácter general que apoya los trabajos académicos de los beneficiarios bajo la modalidad de estantería abierta y con opción de préstamo interno y externo
2.    Colección de consulta. Compuesta por material de referencia como los diccionarios, enciclopedias, etc., y su uso y consulta es de carácter interno en la modalidad de estantería abierta.
3.    Colección hemerográfica. Compuesta por publicaciones periódicas como revistas nacionales y regionales, y diarios de circulación nacional y regional, en estantería abierta y consulta interna.
4.    Colección audiovisual. Material que se encuentra en soportes de audio y visual como los audio, casetes, mapas los cuales solo pueden ser consultados en forma interna o préstamo externo para afiliados únicamente.


Prestación de los servicios.

1.    Los servicios bibliotecarios se deberán proporcionar en un ambiente adecuado para el trabajo académico, la investigación, la consulta, la lectura y el estudio.
2.    El préstamo interno del material bibliográfico se proporciona a los beneficiarios en cualquiera de las colecciones, en las modalidades de estantería abierta o cerrada.
3.    En estantería abierta, el beneficiario podrá tener el material directamente de los estantes o en caso de duda solicitar la atención del personal de la biblioteca. Todos los estantes están titulados con  las áreas del saber.
4.    Fotocopiado. Se tendrá derecho a este servicio, pero deberá permanecer dentro de la biblioteca otra persona responsable mientras se hace el servicio externamente.


Préstamo externo.

1.    Se proporcionará a todos los miembros de la comunidad que presenten el carnet de la Biblioteca, con foto y que esté vigente a criterio del Bibliotecario.
2.    Este proceso está sistematizado.  El préstamo es personal e intransferible
3.    Cada beneficiario tendrá hasta dos (5) libros de préstamo como máximo. Se podrán hacer excepciones en el material relacionado con literatura.
4.    El beneficiario deberá hacerla devolución del material de servicios en la fecha de vencimiento que se le ha señalado.
5.    El beneficiario no podrá utilizar el préstamo externo mientras tenga material pendiente por entregar.
6.    El servicio de préstamo externo será suspendido para los estudiantes de colegios y universidades 15 días hábiles antes de la terminación del periodo académico.
7.    Quien realiza el préstamo se hace responsable del material que recibe hasta la fecha de devolución, es decir, el préstamo es personal e intransferible.
8.    Los textos escolares y universitarios se podrán prestar solo después de las 5:00p.m entre semana y a las 12:00 m. del día sábado.

Sanciones.

1.    En caso de desorden y actividades impropias la persona o personas deberán retirarse de la biblioteca.
2.    El beneficiario será suspendido en sus derechos a los servicios bibliotecarios:
a.    Cuando haga uso indebido de los equipos, instalaciones y mobiliario que ofrece la biblioteca.
b.    Cuando haga uso indebido de las colecciones o por la impresión de marcas o subrayado del material bibliográfico.
c.    Por entregar el material bibliográfico visiblemente maltratado.
d.    Por incurrir en falsedad en su identificación como beneficiario.
e.    Por agresión verbal o física a otros beneficiarios o personal de la biblioteca.
f.      La multa por demora será la suspensión de préstamos externos  por día y por libro prestado. Se cuentan por días hábiles de martes a sábado.
3.    La designación del tiempo de suspensión será estipulado por la funcionaria de la Biblioteca, en base a la gravedad de esta. Debe notificarse por escrito al beneficiario afectado.
4.    El beneficiario será suspendido definitivamente en sus derechos a los servicios bibliográficos:
a.    Reincidir en la devolución extemporánea del material bibliográfico.
b.    Por la destrucción, mutilación o desaparición del material bibliográfico, equipo o demás bienes de la biblioteca.
c.    Por sustraer sin la debida autorización material o equipo de la biblioteca.
5.    Si un beneficiario pierde cualquier tipo de material bibliográfico o lo devuelve en malas condiciones físicas, debe dar aviso de inmediato y tiene que reponerlo con uno de las mismas características bibliográficas. Si fuese imposible conseguirlo, tiene que pagar el doble del valor comercial actual y en casos especiales, la biblioteca puede recibir fotocopias del original cosido o sustituirlo por otro libro seleccionado por la misma biblioteca.
6.    Los beneficiarios que no devuelvan el material bibliográfico prestado, serán incluidos en una publicidad radial para que se acerquen a la biblioteca a  devolver el material.

-       Adquiera el carnet de la Biblioteca, solo se necesitan los datos personales y dos fotos tamaño documento; es gratuito y obligatorio para préstamos externos.


Sus sugerencias y comentarios las pueden hacer al correo electrónico bibliotecapublicavilladeleyva@hotmail.com. Adquiera el carnet de la Biblioteca, solo se necesitan los datos personales y dos fotos tamaño documento; es gratuito y obligatorio para préstamos externos.

Funcionaria
María Orfi Gómez Carrasco
Técnica Administrativa
Biblioteca y Archivo
Alcaldía Villa de Leyva



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