miércoles, 23 de mayo de 2012


                             R E G L A M E N T O


BIBLIOTECA PUBLICA MUNICIPAL CAMILO TORRES  VILLA DE LEYVA


La Biblioteca Pública Municipal Camilo Torres de Villa de Leyva, cuenta con nuevos espacios para ser el centro de aprendizaje, información, creatividad y recreación unidos bajo una administración común con un nuevo estilo de servicios a la comunidad. Estos espacios son: “Biblioteca Pública Municipal Camilo Torres” (180m2); corredor o sala de Lectura (120m2), corredor o sala de audiovisuales (120 m2)  Ludoteca o sala infantil  (20m2); Hemeroteca (15m2); sala de informática (60 m2); mapoteca y vestiteca (15 m2), viejoteca (15 m2)  y CREM  (centro de recursos educativos del Municipio) (30 m2). Ubicadas en el segundo piso del Claustro San Francisco. Dando a la comunidad Villa Leyvana, la oportunidad de enriquecimiento intelectual, cultural y recreativo como parte de utilización del tiempo libre, La comunidad debe velar para que estos servicios se les brinden adecuadamente y a la vez debe cuidar estos bienes públicos que son para su beneficio y mejoramiento de la calidad de vida.

Esta gestión se logró con el apoyo de: Alcaldía Municipal; Secretaria de Desarrollo Social y Comunitario;  Ministerio de Cultura;  Ministerio de Educación.


Disposiciones Generales.

1.    Los usuarios de la biblioteca son la comunidad en general y se tiene como base de acceso a todas las personas sin distingo de edad, raza, sexo, religión, nacionalidad, idioma o posición social.
2.    El horario de servicios de la biblioteca será de las 8:00 a.m. a las 12:30 m y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m. de martes a viernes y el día sábado de 8:00 a.m. a 12:00 m. Se informará oportunamente las fechas en las cuales habrá variaciones en el horario o suspensión del mismo.
3.    Cualquier aspecto no contemplado en este reglamento así como cualquier comentario, queja o sugerencia de mejora, podrá comunicarse verbal o por escrito al coordinador de la biblioteca para su atención y manejo.


Servicios que ofrece la biblioteca

1.    Préstamo interno. El material bibliográfico se prestará a los usuarios exclusivamente dentro de las instalaciones de la biblioteca.
2.    Préstamo externo. El material bibliográfico se prestará a los usuarios a título personal para utilizar el material fuera de la biblioteca.
3.    Orientación e información. Servicio de asesoría que se ofrece a los usuarios sobre el material o servicios en particular.
4.    Documentación. Servicio especializado en medios audiovisuales como impresos y electrónicos que consisten en la búsqueda, localización y recuperación de información requerida por el usuario.
5.    Hemeroteca. Servicio de información por medio de publicación periódica como revistas y diarios.
6.    Servicios audiovisuales. Se prestará el material y equipo audiovisual en las instalaciones de la biblioteca.
7.    Servicio de Sala infantil o Ludoteca


Derechos de los usuarios.

1.    Atención oportuna y satisfactoria  en la presentación de los servicios de la biblioteca.
2.    Disfrutar de un ambiente propicio para la lectura y la investigación.
3.    Recibir un trato digno, con respeto y consideración por parte del personal de la biblioteca.
4.    Hacer sugerencias para el mejor funcionamiento de la biblioteca.
5.    Información oportuna sobre el uso de servicios y recursos.

Deberes de los usuarios.

1.    Cumplir con las disposiciones normativas de la biblioteca.
2.    Toda persona que ingrese a la biblioteca debe presentar un documento de identificación personal con fotografía, vigente y máximo un cuaderno, no debe traer bolsos, carteras, mochilas, maletas, paquetes.
3.    Los usuarios deben hacer uso correcto del material, mobiliario y demás enseres de la biblioteca, Cualquier anomalía o deterioro que se detecte deberá notificarlo de inmediato al personal de la biblioteca para evitar implicaciones o sanciones administrativas.
4.    En las salas de consulta está prohibido el estudio en grupo.
5.    Dejar sobre las mesas o en los lugares  destinados para ello los materiales consultados.
6.    Dar aviso inmediato en la recepción la pérdida de la ficha de control.
7.    Responsabilizarse del material bibliográfico que le han proporcionado para consulta bajo cualquier forma de préstamo y respetar las fechas que se establezcan para su devolución.
8.    Sujetarse a los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan.
9.    Al salir de la biblioteca permitir la revisión total si el funcionario de control lo considera
10.  Se podrán consultar todos los ejemplares de la estantería abierta



Restricciones

1.    Está prohibido comer, fumar, dormir, conversar y estudiar en voz alta. Se debe guardar respeto y consideración con los demás usuarios y personal de la biblioteca,  se debe hablar en voz baja.
2.    Queda prohibido el uso de teléfonos celulares dentro de la biblioteca.
3.    Queda restringido el uso de aparatos audiovisuales, los cuales únicamente se podrán autorizar siempre y cuando sean estrictamente  indispensables para el estudio y/o investigación y que no provoquen distracción o interrupción al resto de usuarios de la biblioteca.
4.    Está prohibido traer cualquier tipo de mascota a la biblioteca.
5.    No se deben traer maletas, morrales o bolsos a la biblioteca.


Colecciones

1.    Colección general. Compuesta por material de carácter general que apoya los trabajos académicos de los usuarios bajo la modalidad de estantería abierta y con opción de préstamo interno y externo
2.    Colección de consulta. Compuesta por material de referencia como los diccionarios, enciclopedias, etc., y su uso y consulta es de carácter interno en la modalidad de estantería abierta.
3.    Colección hemerográfica. Compuesta por publicaciones periódicas como revistas nacionales y regionales, y diarios de circulación nacional y regional, en estantería abierta y consulta interna.
4.    Colección audiovisual. Material que se encuentra en soportes de audio y visual como los audio, casetes, mapas los cuales solo pueden ser consultados en forma interna.


Prestación de los servicios.

1.    Los servicios bibliotecarios se deberán proporcionar en un ambiente adecuado para el trabajo académico, la investigación, la consulta, la lectura y el estudio.
2.    El préstamo interno del material bibliográfico se proporciona a los usuarios en cualquiera de las colecciones, en las modalidades de estantería abierta o cerrada.
3.    En estantería abierta, el usuario podrá tener el material directamente de los estantes o en caso de duda solicitar la atención del personal de la biblioteca. Todos los estantes están rotulados con las áreas del saber.
4.    Fotocopiado. Se tendrá derecho a este servicio, pero deberá permanecer dentro de la biblioteca otra persona responsable mientras se hace el servicio externamente.


Préstamo externo.

1.    Se proporcionará a todos los miembros de la comunidad que presenten el carnet de la Biblioteca o con un documento personal, con foto y que esté vigente a criterio del Bibliotecario.
2.    Este proceso está sistematizado.  El préstamo es personal e intransferible
3.    Cada usuario tendrá hasta dos (5) libros de préstamo como máximo. Se podrán hacer excepciones en el material relacionado con literatura.
4.    El usuario deberá hacerla devolución del material de servicios en la fecha de vencimiento que se le ha señalado.
5.    El usuario no podrá utilizar el préstamo externo mientras tenga material pendiente por entregar.
6.    El servicio de préstamo externo será suspendido para los estudiantes de colegios y universidades 15 días hábiles antes de la terminación del periodo académico.
7.    Quien realiza el préstamo se hace responsable del material que recibe hasta la fecha de devolución, es decir, el préstamo es personal e intransferible.
8.    Los textos escolares y universitarios se podrán prestar solo después de las 5:00p.m entre semana y a las 12:00 m. del día sábado.

Sanciones.

1.    En caso de desorden y actividades impropias la persona o personas deberán retirarse de la biblioteca.
2.    El usuario será suspendido en sus derechos a los servicios bibliotecarios:
a.    Cuando haga uso indebido de los equipos, instalaciones y mobiliario que ofrece la biblioteca.
b.    Cuando haga uso indebido de las colecciones o por la impresión de marcas o subrayado del material bibliográfico.
c.    Por entregar el material bibliográfico visiblemente maltratado.
d.    Por incurrir en falsedad en su identificación como usuario.
e.    Por agresión verbal o física a otros usuarios o personal de la biblioteca.
f.     La multa por demora será la suspensión de préstamos externos   por día y por libro prestado. Se cuentan por días hábiles de martes a sábado.
3.    La designación del tiempo de suspensión será estipulado por la funcionaria de la Biblioteca, en base a la gravedad de esta. Debe notificarse por escrito al usuario afectado.
4.    El usuario será suspendido definitivamente en sus derechos a los servicios bibliográficos:
a.    Reincidir en la devolución extemporánea del material bibliográfico.
b.    Por la destrucción, mutilación o desaparición del material bibliográfico, equipo o demás bienes de la biblioteca.
c.    Por sustraer sin la debida autorización material o equipo de la biblioteca.
5.    Si un usuario pierde cualquier tipo de material bibliográfico o lo devuelve en malas condiciones físicas, debe dar aviso de inmediato y tiene que reponerlo con uno de las mismas características bibliográficas. Si fuese imposible conseguirlo, tiene que pagar el doble del valor comercial actual y en casos especiales, la biblioteca puede recibir fotocopias del original cosido o sustituirlo por otro libro seleccionado por la misma biblioteca.
6.    Los usuarios que no devuelvan el material bibliográfico prestado, serán incluidos en una publicidad radial para que se acerquen a la biblioteca a  devolver el material.

-       Adquiera el carnet de la Biblioteca, solo se necesitan los datos personales y dos fotos tamaño documento; es gratuito y obligatorio para préstamos externos.


Sus sugerencias y comentarios las pueden hacer al correo electrónico bibliotecapublicavilladeleyva@hotmail.com. Adquiera el carnet de la Biblioteca, solo se necesitan los datos personales y dos fotos tamaño documento; es gratuito y obligatorio para préstamos externos.

Funcionaria
María Orfi Gómez Carrasco
Técnica Administrativa
Biblioteca y Archivo
Alcaldía Villa de Leyva

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